SEDECO DIFUNDE LA RESOLUCIÓN SOBRE REDUCCIÓN DE INTERESES
Diciembre 29, 2016
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Funcionarios de la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO), la Lic. Mirtha Montiel y el Abog. Manuel Dos Santos estuvieron en el programa Paraguay TV Noticias, en el espacio semanal, para explicar en qué consiste la Resolución SDCU Nº 390/2016«POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 30 DE LA LEY 1.334/98 “DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y DEL USUARIO”». |
La mencionada resolución expresa que, en situaciones de cancelación anticipada de deudas, ventas o prestación de servicios a crédito, la reducción proporcional de los intereses consistirá en no considerar los intereses no devengados. En estos casos, la reducción de intereses no podrá ser obstaculizada, limitada, o condicionada al pago de penalización alguna, cualquiera sea su denominación.
Así mismo, el establecimiento de penalidades o comisiones por cancelación anticipada, en los contratos, trae de por sí sanciones administrativas por constituir cláusulas abusivas, además la Resolución establece la obligatoriedad de expedir a los consumidores, de manera inmediata, una liquidación clara, detallada y transparente de las deudas.
La SEDECO insta a los consumidores a exigir sus derechos y efectuar las denuncias ante cualquier incumplimiento de la Ley o de la presente Resolución.
Para reclamos y/o consultas los consumidores pueden comunicarse a los teléfonos: (0800) 11 88 99 – Línea Gratuita, (59521) 52 44 55 RA y Whatsapp (0961) 940 710 o la página web: www.sedeco.gov.py, también recurrir a las oficinas de la Secretaria de Defensa del Consumidor, localizadas en Capitán Pedro Villamayor esquina Teniente Teófilo Del Puerto (Villa Aurelia, Asunción).